miércoles, 13 de enero de 2016

Más derechos del consumidor

Los establecimientos deben cumplir con determinadas normas adicionales
durante el periodo del rebajas para no vulnerar los derechos del
consumidor. Y es que en rebajas lo único que no se rebajan son los
derechos del consumidor.

    * El comercio debe indicar de forma clara y visible las fechas de
duración de la temporada de rebajas, que nunca serán inferiores a 15
días.
    * Al comienzo del periodo de rebajas deben estar rebajados por lo
menos el 50% de los productos.
    * Los productos rebajados deben estar separados del resto e
indicar claramente que se trata de un artículo rebajado.
    * Los artículos expuestos en rebajas deben de haber estado por lo
menos durante un mes previo a la venta en la tienda.
    * La etiqueta debe reflejar el precio rebajado y el original o el
porcentaje de rebaja en el artículo con su precio final.
    * La tienda debe admitir el pago con tarjeta de crédito si lo hace
durante el resto del año y sin ningún tipo de recargo adicional
respecto al resto del año. En realidad, deberá admitir los mismos
medios de pago que durante todo el año. En caso contrario, deberá
expresarse claramente y de forma visible en el establecimiento lo
contrario.
    * La calidad de los productos en rebajas debe ser la misma que el
resto del año.
    * La política de devoluciones debe ser la misma que durante todo
el año y atenerse a las mismas normas. Por ley, las tiendas sólo están
obligadas a aceptar la devolución de artículos en mal estado. En
cuanto a la devolución a través de cambios, vales o dinero en efectivo
debe seguirse la misma política que durante todo el año o expresarse
claramente y de forma visible en el establecimiento lo contrario.
    * No hay por qué aceptar vales, cheques ni cambios cuando un
artículo presenta un defecto y se puede exigir el abono de la compra,
tanto si se pagó con tarjeta como si se hizo en efectivo.
    * La devolución de artículos adquiridos antes de las rebajas debe
realizarse por el importe que figura en la factura y no por el importe
rebajado. Es decir, la tienda debe reembolsa, hacer un vale… del
importe que pagó en su día el comprador y no del nuevo importe del
artículo en rebajas.
    * Hay que solicitar la factura o ticket al igual que el resto del año.
    * El establecimiento deberá contar con hojas de reclamación a
disposición de los clientes, que además deben seguir un modelo
específico.
Información buscada por Antonio

1 comentario:

  1. muy buena la informacion, habia derechos que desconocia, como el derecho que obliga mantener la calidad de sus productos en epoca de rebajas

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